La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilita el sistema para que las empresas tramiten los Créditos a Tasa Subsidiada correspondientes a los salarios de septiembre. La herramienta estará disponible entre el 7 y 19 de octubre, inclusive.
Los Créditos a Tasa Subsidiada ofrecen asistencia para el
pago de salarios a aquellos empleadores inscriptos en el Programa de Asistencia
de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) que durante agosto de 2020
registraron una variación nominal positiva en su facturación del 0% al 40% en
relación con el mismo mes del año pasado.
"El Programa ATP representa un esfuerzo inédito del
Estado argentino que permitió amortiguar el impacto económico de la pandemia
del COVID-19 sobre los puestos de trabajo del sector privado. La mitad de las
empresas argentinas accedió a los beneficios a lo largo de los últimos seis
meses", destacó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.
Alrededor de 1,3 millones de trabajadoras y trabajadores que
se desempeñan en más de 124 mil empresas accedieron al Salario Complementario
correspondiente a septiembre. Los fondos serán depositados por la Anses en las
cuentas bancarias de los beneficiarios a partir del 8 de octubre.
El sistema para tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada será
habilitado a partir de la Resolución General N°4831 que se publicará en el
Boletín Oficial. El proceso se inicia a través del sitio web del organismo y
los créditos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada.
Los empleadores beneficiados podrán realizar el trámite entre el 7 y 19 de
octubre, inclusive.
Las empresas que registren en su nómina trabajadoras y
trabajadores con pluriempleo tendrán habilitada la opción para tramitar su
Crédito a Tasa Subsidiada desde el 14 de octubre hasta el 19
octubre, inclusive.
Las empresas que accedan a los Créditos a Tasa Subsidiada
contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se
realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y
consecutivas. La tasa de interés será fija del 15% para todos los casos.
Aquellos empleadores que cumplan con las metas de empleo
establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo y cancelen el crédito,
recibirán un reintegro total o parcial del beneficio a través del FONDEP.